El Govern balear presenta un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley estatal de Vivienda
Según el Govern, la ley invade competencias autonómicas
Redacción | 11/08/2023
El Consell de Govern ha autorizado a la Abogacía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears a interponer un recurso de inconstitucionalidad contra varios artículos y disposiciones de la Ley estatal de Vivienda, aprobada el pasado mes de mayo por el Gobierno central, porque invade competencias autonómicas.
El Govern inicia los trámites al efecto por considerar que la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, incluye varios artículos y disposiciones que en algunos de sus apartados invaden competencias en materia de vivienda exclusivas de la Comunidad Autónoma.
La Comunidad tiene competencias exclusivas en materia de ordenación del territorio, incluyendo el litoral, el urbanismo y la vivienda, de conformidad con lo establecido en el artículo 30, apartado 3, del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares.
De acuerdo con los servicios jurídicos de la Comunidad Autónoma, una vez analizado el articulado de la Ley estatal de Vivienda se observa que determinados preceptos desconocen el reparto competencial que realiza la Constitución española, sobrepasando la competencia estatal y se invade el ámbito propio de las comunidades autónomas.
Así, se considera que preceptos de la Ley exceden los títulos competenciales invocados por el legislador estatal, y dejan nulo o escaso margen para que las comunidades, y en concreto la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, puedan hacer uso de las competencias que sus respectivos estatutos de autonomía les otorgan de forma exclusiva.
La Abogacía identifica nueve artículos y cuatro disposiciones de la norma estatal que, en algunos de sus apartados, vulneran el Estatuto de Autonomía.
Entre otros, inciden en las regulaciones de la vivienda protegida, el parque público de viviendas, la declaración de zonas de mercado residencial tensionado, las medidas de contención de precios en la regulación de los contratos de arrendamiento o las modificaciones de la Ley de enjuiciamiento civil.
Tal y como prevé la Ley orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, los órganos ejecutivos de las comunidades autónomas están legitimados para el ejercicio del recurso de inconstitucionalidad contra las leyes, disposiciones o actos con fuerza de ley del Estado que puedan afectar a su propio ámbito de autonomía.