Seis personas recibieron la eutanasia el año pasado en Baleares

En 2022 se presentaron en las Islas Baleares 25 solicitudes

Redacción | 30/06/2023

El año pasado, seis personas recibieron la eutanasia en Baleares, una prestación que se puso en marcha el 25 de junio de 2021 en cumplimiento de Ley orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia. 4 personas sufrían patologías neurológicas, 1 oncológicas y 1 traumatológicas.

En total, en 2022 se presentaron en las Islas Baleares 25 solicitudes, dos de las cuales todavía estaban en trámite al empezar el 2023.

Así lo ha dado a conocer la Comisión de Garantía y Evaluación del Derecho a la Prestación de Ayuda para Morir en las Islas Baleares en su memoria anual, que estará disponible en los próximos días en el espacio web del Servicio de Planificación Sanitaria, así como en el espacio web de Eutanasia de la CAIB.

De acuerdo con esta memoria, por islas, de las 25 solicitudes recibidas a lo largo de 2022, 18 se tramitaron en Mallorca, 1 en Menorca y 6 en Eivissa. Por sexo, 13 correspondían a hombres y 12 a mujeres.

Por tramos de edad, 1 fue una persona entre 18 y 30 años, 2 entre 30 y 39, 1 entre 40 y 49 años, 7 entre 50 y 59 años, 3 entre 60 y 69 años, 5 entre 70 y 79 años , 3 entre 80 y 89 años y 3 entre 90 y 100 años.

La mayoría de las solicitudes (11) presentaban patologías neurológicas, 9 oncológicas, 1 de salud mental, 3 traumatológicas y 1 caso sufría multimorbilidad.

Por lo que respecta a las eutanasias practicadas, 2 eran hombres y 4 mujeres. 1 tenía entre 40 y 49 años, 1 entre 50 y 59 años, 1 entre 60 y 69 años, 2 entre 70 y 79 años y 1 entre 90 y 100 años.

En relación con el tiempo de respuesta, todas las solicitudes se han atendido en los plazos que marca la normativa. Cabe recordar que la Ley orgánica 3/2021 establece un procedimiento complejo para la solicitud y verificación de la prestación de la eutanasia.

En el caso de las Islas Baleares, la media de días entre la primera solicitud y la realización de la prestación ha sido de 58 días, teniendo en cuenta que en algunos casos se solicitaron aplazamientos por decisión del propio paciente.

Actualmente, ya se ha aprobado el decreto regulador del registro de objetores en el que se pueden inscribir todos los profesionales directamente implicados y que quieran acogerse a su derecho de objeción a participar en esta prestación. El registro se encuentra en estado de pruebas técnicas para poder abrirlo.

DERECHO A LA PRESTACIÓN DE AYUDA A MORIR

La Conselleria de Salud y Consumo garantiza el cumplimiento de esta ley, cuyo objetivo principal es regular un nuevo derecho individual y una nueva prestación sanitaria: la eutanasia o ayuda para morir.

Desde el Govern trabajan para facilitar esta prestación y asesorar, acompañar y formar a todos los profesionales implicados en la oferta de la prestación.

Puede solicitar la prestación de la ayuda para morir aquella persona (o en su nombre, si así lo ha dejado manifestado en el documento de voluntades anticipadas) que sufra una enfermedad grave e incurable o un sufrimiento grave, crónico e imposibilitante en los términos establecidos por la Ley, certificado por su personal médico responsable, que provoque un sufrimiento que la persona considera inaceptable y que no se haya podido mitigar por otros medios.

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