Así te puedes jubilar de forma anticipada a los 61 años

Redacción | 29/09/2023

La Seguridad Social permite a los trabajadores jubilarse de forma anticipada a los 61 años en lugar de los 65, que es la edad ordinaria de jubilación en España. Sin embargo, para solicitar la pensión hasta cuatro años antes, los ciudadanos deben cumplir con ciertos requisitos que cambiarán a partir de 2024.

A partir del 1 de enero de 2024, tanto las pensiones contributivas como las no contributivas sufrirán cambios significativos debido a la segunda fase de la reforma de las pensiones. Además, se aumentará la cuantía de las pensiones mínimas de jubilación para que alcancen el 60% de la renta media.

Además de estos cambios, se incrementarán las edades de jubilación para todas las modalidades de jubilación anticipada para aquellos que no cuenten con un mínimo de cotizaciones. Esto afectará a aquellos trabajadores que tengan un historial de cotizaciones alto y deseen jubilarse anticipadamente a los 61 años.

La jubilación anticipada a los 61 años solo será posible a través de la jubilación anticipada involuntaria, que resulta de un cese no voluntario en el trabajo y permite adelantos de hasta cuatro años con respecto a la edad ordinaria de jubilación.

En 2024, la edad ordinaria de jubilación se establecerá en 65 años para aquellos que cuenten con al menos 38 años de cotización. Si no se alcanzan estas cotizaciones, la edad de retiro se elevará a los 66 años y seis meses.

Por lo tanto, para poder jubilarse a los 61 años en 2024, será necesario tener al menos 38 años de cotización y que el cese en el trabajo sea debido a razones ajenas a la voluntad del trabajador. La ley contempla siete causas que están detalladas en la página web de la Seguridad Social:

- Despido colectivo por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción.
- Despido por causas objetivas.
- Extinción de contrato debido a una sentencia judicial en un proceso incluido en la Ley Concursal.
- Extinción de contrato por razones de fuerza mayor reconocida por la autoridad laboral.
- Extinción de contrato voluntaria por parte del trabajador debido a modificaciones sustanciales de las condiciones laborales o incumplimientos graves y culpables por parte del empleador.
- Extinción de contrato debido a la muerte, incapacidad o jubilación del empresario individual, así como a la extinción de la personalidad jurídica de la empresa.
- Extinción de contrato por razones de violencia de género.

Además de estos requisitos, es necesario haber cotizado al menos 33 años, de los cuales dos deben haberse cotizado en los últimos 15 años previos a la solicitud. También se requiere estar registrado como demandante de empleo durante al menos seis meses.

Es importante tener en cuenta que este tipo de jubilación anticipada conlleva recortes en la pensión. Los recortes varían según el tiempo de cotización:

- Para trabajadores con menos de 38 años y seis meses de cotización, el recorte en la pensión será del 30%.
- Para trabajadores con entre 38 años y seis meses y 41 años y seis meses de cotización, el recorte será del 28%.
- Para trabajadores con entre 41 años y seis meses y 44 años y seis meses de cotización, el recorte será del 26%.
- Para trabajadores con más de 44 años y seis meses de cotización, el recorte será del 24%.

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Comentarios

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  • El Criticon - 05 de Octubre de 2023 a las 18:42
    O sea que es lo de siempre: siempre perdemos los empleados, por jubilarse anticipadamente no es ningun chollo, sino que te queda una pensión recortada y por tanto, miserable. Tanto como los que la idearon. Finalmente no es posible jubilarse hasta que te toque.
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