La amnistía excluye el perdón para los delitos de terrorismo cuando exista condena firme

Esa exclusión deja ahora mismo en el aire una posible amnistía para dos de las causas abiertas al independentismo por terrorismo

EFE | 13/11/2023

La ley de amnistía excluye el perdón para los delitos de terrorismo cuando exista una condena firme y hayan consistido en alguna de las conductas tipificadas en la normativa europea, que abarca desde atentados a fabricación de explosivos, así como los de torturas.

Esa exclusión deja ahora mismo en el aire una posible amnistía para dos de las causas abiertas al independentismo por terrorismo: la de las protestas de Tsunami Democràtic, en la que la Audiencia Nacional investiga al expresidente catalán Carles Puigdemont y la secretaria general de ERC Marta Rovira, así como la de los CDR encausados por planificar actos de sabotaje en repuesta a la sentencia del procés.

La ley no considera amnistiables los delitos de terrorismo, con condena firme, que hayan incurrido en alguna de las conductas previstas en el artículo 3 de la directiva europea de 15 de 2017 y del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de marzo de 2017.

En concreto, dicha normativa europea obliga a los Estados miembros a adoptar las medidas para luchar contra los actos terroristas que consistan en atentados con muertos o heridos, tomas de rehenes, destrucciones masivas de infraestructuras, fabricación o tenencia de explosivos y armas químicas, interferencia ilegal en los sistemas de información o desestabilización de estructuras políticas.

Otro de los delitos que quedan fuera de la ley de amnistía son los de torturas o tratos inhumanos o degradantes previstos en el Convenio Europeo de Derechos Humanos, "siempre que superen un umbral mínimo de gravedad".

De esa forma, se facilita la amnistía de los policías nacionales y guardias civiles encausados por las cargas para impedir el referéndum del 1-O, siempre que no hayan incurrido en conductas de extrema gravedad.

También quedan excluidos de la amnistía los actos dolosos con resultado de muerte, los delitos de traición y contra la paz, los que afecten a intereses financieros de la Unión Europea o aquellos con motivaciones racistas o xenófobas.

ABARCA LOS ACTOS INDENDENTISTAS ENTRE 2012 Y 2023

Lo que sí incluye la ley son los actos de responsabilidad penal, administrativa o contable ejecutados entre el 1 de enero de 2012 y el 13 de noviembre de 2023 para reivindicar, promover o procurar la independencia de Cataluña.

En este sentido, abarca los actos cometidos para convocar o promover las consultas del 9N de 2014 y de 1-O de 2017 y prevé el perdón para quienes contribuyeran a los referendos mediante usurpación de funciones públicas o malversación para financiar, sufragar o facilitarlas, directamente o a través de cualquier entidad publica o privada.

DESOBEDIENCIA, DESÓRDENES PÚBLICOS Y ACTUACIÓN POLICIAL

También quedan recogidos los actos de desobediencia, de cualquier naturaleza, los desórdenes públicos, atentado contra la autoridad o resistencia ejecutados con el propósito de permitir el 9N o el 1-O y otros actos vinculados contra el orden y la paz pública parar mostrar su apoyo a los objetivos y fines independentistas o a los encausados o condenados por el 'procés'.

De ese apartado podrían beneficiarse, especialmente, las decenas de manifestantes encausados por la oleada de disturbios ocurrida en Cataluña contra la sentencia del 'procés'.

El proyecto acordado incluye asimismo las acciones realizadas en el curso de las actuaciones policiales para "dificultar o impedir" los actos determinantes de responsabilidad penal o administrativa en el marco del 'procés'.

También alcanza a la prevaricación o a cualquier acto para aprobar o ejecutar leyes, normas o resoluciones por parte de autoridades o funcionarios públicos para permitir, favorecer o coadyudar en la celebración del 9N y el 1-O.

El proyecto abarca asimismo las actuaciones llevadas a cabo a título personal o institucional para divulgar el proyecto independentista, recabar información y adquirir conocimientos sobre experiencias similares y a todos aquellos que prestaron asistencia, colaboración, asesoramiento de cualquier tipo, representación, protección o seguridad a los líderes del 'procés'.

Asimismo, la ley permite amnistiar aquellos "actos de desconsideración o crítica" vertidos contra las autoridades o funcionarios públicos, instituciones públicas, símbolos o emblemas, en el curso de manifestaciones u obras artísticas cuyo objeto sea reivindicar la independencia de Cataluña.

Según la propuesta, la amnistía se aplicará sea cual sea la forma de autoría o participación en estos actos del 'procés' y únicamente se incluirán los previos al 1 de enero de 2012 cuando su ejecución finalizara con posterioridad. También se incluirán los que se iniciaron antes del 13 de noviembre de 2023, aunque finalicen con posterioridad.

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