La Guardia Civil avisa: hasta 30.000 euros de multa por llevar este tipo de linterna
Redacción | 05/10/2023
![](https://www.cronicabalear.es/access/public/img/noticias/upload/0_1696511483.png)
Durante los últimos meses, la Guardia Civil ha empleado su presencia en las redes sociales como un medio para mantener informados a sus seguidores sobre diversas situaciones que experimentan durante sus diversas intervenciones.
Entre otras cosas, el Instituto Armado suele compartir vídeos que muestran armas prohibidas que han confiscado.
Estas armas varían desde bolígrafos que se convierten en armas blancas al presionar un único botón, llaves que ocultan navajas de cinco centímetros, hasta encendedores que en realidad son pistolas táser capaces de inmovilizar a una persona. Esta lista de objetos prohibidos ahora se incrementa con uno nuevo.
La Guardia Civil ha compartido un vídeo que muestra una linterna aparentemente común que, en realidad, resultó ser un táser. Esta arma fue incautada en una de sus últimas operaciones, y en el mismo video se puede observar la linterna junto a otros objetos como teléfonos móviles y tabletas de diversas marcas.
Al presionar el botón de encendido de la linterna, esta emite una descarga eléctrica destinada a neutralizar a cualquier persona en cuestión de segundos. Es importante destacar que este arma puede causar graves lesiones a quien reciba dicha descarga, lo que resalta la advertencia de la Guardia Civil: "Cuidado con lo que compras en Internet... puede ser peligroso".
Este dispositivo se considera una nueva arma prohibida, y su posesión, exhibición o uso viola el artículo 36.10 de la Ley de Seguridad Ciudadana, que establece que están prohibidas tanto la tenencia como la exhibición o el uso de armas de este tipo, consideradas como prohibidas.
El artículo señala: "Portar, exhibir o utilizar armas prohibidas, así como portar, exhibir o usar armas de manera negligente, temeraria o intimidatoria, o fuera de los lugares habilitados para su uso, incluso si se posee una licencia, siempre que dichas conductas no constituyan una infracción penal".
En cuanto a las sanciones por portar un arma prohibida, como la que la Guardia Civil ha exhibido en sus redes sociales, estas conllevan multas que oscilan entre los 601 euros y los 30.000 euros.
Esto está en consonancia con lo establecido en el artículo 36.10 de la Ley de Seguridad Ciudadana, que recuerda que la tenencia y exhibición de este tipo de armas están absolutamente prohibidas. Por lo tanto, si te encuentras con un arma de este tipo en Internet, es recomendable denunciar el producto y abstenerse de comprarlo en cualquier circunstancia.
En España, existen diversas categorías de armas prohibidas, según lo establecido en el Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, BOE 55/1993). El artículo 5 de este reglamento prohíbe la publicidad, compraventa, tenencia y uso de numerosas armas, principalmente algunas de fuego, como las cortas semiautomáticas, las largas semiautomáticas o las de fuego largas de cañones recortados.
Además, también prohíbe el uso de armas de alarma y señales, como las pistolas de bengalas, a menos que sean utilizadas en actividades deportivas, filmaciones cinematográficas o escenas artísticas, entre otras excepciones. También se prohíben las defensas eléctricas, las defensas de goma y las tonfas, entre otros objetos similares. En lo que respecta a los espráis de defensa personal, la mayoría de ellos están prohibidos, a menos que hayan sido aprobados por el Ministerio de Sanidad, previo informe de la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos.